Ventilación Ambiental


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Ventilación Ambiental
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Al momento de ventilar cualquier recinto hay que seguir los criterios normativos que afectan al local que se pretende ventilar, si es que existen. Las normativas que afectan a la ventilación de los recintos son los siguientes:

Entre los usos de mayor demanda para la ventilación se encuentra el residencial, ya que permite a los usuarios habitar espacios con comodidad y seguridad.

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Al momento de ventilar cualquier recinto hay que seguir los criterios normativos que afectan al local que se pretende ventilar, si es que existen. Las normativas que afectan a la ventilación de los recintos son los siguientes:

Para la ventilación de viviendas, en el DB HS sobre Salubridad, y en concreto en la Parte I. capítulo 3 Exigencias básicas art. 13.3 Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior se indica que:

Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.

Y el ámbito de aplicación, según el apartado del DB HS 3 calidad del aire interior. 1 Generalidades1.1 Ámbito de aplicación 1 Esta sección se aplica en los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes; y, en los edificios de cualquier otro uso a los aparcamientos y garajes.

Los aparcamientos y garajes, por su importancia constituyen un capítulo específico en este manual.

El caudal de ventilación mínimo de los locales se obtiene de la tabla 2.2 del DB HS 3, teniendo en cuenta que:

El número de ocupantes se considera igual, en cada dormitorio individual, a uno y, en cada dormitorio doble, a dos; en cada comedor y en cada sala de estar, a la suma de los contabilizados para todos los dormitorios de la vivienda correspondiente.

En los locales de las viviendas destinados a varios usos se considera el caudal correspondiente al uso para el que resulte un caudal mayor.

Condiciones generales de los sistemas de ventilación en viviendas

Las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser híbrida (Ventilación en la que, cuando las condiciones de presión y temperatura ambientales son favorables, la renovación del aire se produce como en la ventilación natural y, cuando son desfavorables, como en la ventilación con extracción mecánica) o mecánica (Ventilación en la que la renovación del aire se produce por el funcionamiento de aparatos electro-mecánicos dispuestos al efecto. Puede ser con admisión mecánica, con extracción mecánica o equilibrada) con las siguientes  características:

El aire debe circular desde los locales secos a los húmedos. Así, los comedores, dormitorios y salas de estar deben disponer de aberturas de admisión (abertura de ventilación que sirve para la admisión, comunicando el local con el exterior, directamente o a través de un conducto de admisión); los aseos, cocinas y cuartos de baño deben disponer de aberturas de extracción (abertura de ventilación que sirve para la extracción, comunicando el local con el exterior, directamente o a través de un conducto de extracción); las particiones situadas entre los locales con admisión y locales con extracción deben disponer de aberturas de paso (abertura de ventilación que sirve para permitir el paso de aire de un local a otro contiguo).

Hay que tener en cuenta que los caudales solicitados por la tabla 2.2 son mínimos y por tanto deberán ser permanentes durante todo el día, los 365 días del año, independientemente de las condiciones climáticas, por lo que los sistemas de ventilación híbridos no serán capaces de garantizar dicha evacuación de aire de forma permanente, aconsejándose el uso de un sistema de Ventilación mecánica controlada (VMC) que asegure la correcta renovación de los distintos espacios conforme al DB HS

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