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TEMA: RSIF

RSIF hace 12 años 4 meses #78940

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¿ alguien sabe exactamente que tipo de trabajos puede hacer una empresa frigorista de nivel 1 y la diferencia entre el nivel 2 ? ,.-3 ,.-3
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Re: RSIF hace 12 años 4 meses #78942

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Artículo 11. Requisitos de las empresas frigoristas.

Los requisitos específicos exigidos para la ejecución, puesta en servicio, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento los diferentes niveles de instalaciones frigoríficas son los que se relacionan a continuación:
a) Empresa frigorista de Nivel 1:

Cualquier empresa frigorista que cuente, como mínimo, con un profesional frigorista habilitado en plantilla podrá montar, poner mantener, reparar, modificar y desmantelar las instalaciones del Nivel 1.

Deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los posibles daños derivados su actividad, por importe mínimo de 300.000 euros.
Asimismo deberá disponer de un plan de gestión de residuos que considere la diversidad de residuos que pueda generar en su las previsiones y acuerdos para su correcta gestión ambiental y que, en su caso, si procede, contemplará su inscripción como productor de residuos peligrosos en el órgano competente de la comunidad autónoma.
En todo caso, deberá disponer de los medios técnicos que se especifican en la Instrucción técnica complementaria IF-13.


b) Empresa frigorista de Nivel 2:
Para montar, poner en servicio, mantener, reparar y desmantelar las instalaciones hasta de Nivel 2, la empresa frigorista deberá plantilla, como mínimo, un técnico titulado con atribuciones específicas en el ámbito competencial a que se refiere el Reglamento.
Deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los posibles daños derivados su actividad por un importe mínimo de 900.000 euros.
Asimismo deberá disponer de un plan de gestión de residuos que considere la diversidad de residuos que pueda generar en su las previsiones y acuerdos para su correcta gestión ambiental, y que en su caso, si procede, contemplará su inscripción como productor de residuos peligrosos en el órgano competente de la comunidad autónoma.
En todo caso deberá disponer de los medios técnicos que se especifican en la Instrucción técnica complementaria IF-13.
En ambos niveles, en el caso de que dichas empresas realicen actividades de instalación, mantenimiento o reparación de los sistemas cubiertos por el artículo 3, apartado 1 del Reglamento (CE) n.º 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de de 2006, deberán disponer asimismo del certificado previsto en el Reglamento (CE) n.º 303/2008 de la Comisión, de 2 de abril para lo cual deberá contar con personal certificado de acuerdo al Real Decreto 795/2010 en número suficiente para abarcar el tipo previsto de actividades y dotado de los instrumentos y procedimientos necesarios para desarrollar dichas actividades.


www.mityc.es/es-ES/Documentacion/DocumIn...InstFrigorificas.pdf
"Todo fracaso es el condimento que da sabor al éxito"
panyhost.com/
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Re: RSIF hace 12 años 4 meses #79141

  • Pascalin
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krloglez. escribió:
¿ alguien sabe exactamente que tipo de trabajos puede hacer una empresa frigorista de nivel 1 y la diferencia entre el nivel 2 ? ,.-3 ,.-3

Exactamente las empresas delo nivel 1, solo pueden hacer instalaciones del nivel 1 y las empresas del nivel 2, pueden hacer instalaciones del nivel 1 y del nivel 2.

Nuestro compañero spiritlight9k, te pone cuales son las condiciones que deben de cumplir las empresas instaladoras del nivel 1 y 2 y a continuación te pongo cuales son diferencias de las instalaciones del nivel 1 y del nivel 2 segun el reglamento.

Artículo 8. Clasificación de las instalaciones frigoríficas.

Las instalaciones frigoríficas se clasifican en función del riesgo potencial en las categorías siguientes:

Nivel 1.
Instalaciones formadas por uno o varios sistemas frigoríficos independientes entre sí con una potencia eléctrica instalada en los compresores por cada sistema inferior o igual a 30 kW siempre que la suma total de las potencias eléctricas instaladas en los compresores frigoríficos no exceda de 100 kW, o por equipos compactos de cualquier potencia, siempre que en ambos casos utilicen refrigerantes de alta seguridad (L1), y que no refrigeren cámaras o conjuntos de cámaras de atmósfera artificial de cualquier volumen.

Nivel 2.
Instalaciones formadas por uno o varios sistemas frigoríficos independientes entre sí con una potencia eléctrica instalada en los compresores superior a 30 kW en alguno de los sistemas, o que la suma total de las potencias eléctricas instaladas en los compresores frigoríficos exceda de 100 kW, o que enfríen cámaras de atmósfera artificial, o que utilicen refrigerantes de media y baja seguridad (L2 y L3).

Un saludo
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Re: RSIF hace 12 años 4 meses #79263

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Gracias por la aclaracion, compañeros. saludos.
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Re: RSIF hace 12 años 4 meses #79277

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Aca en Estados Unidos en el estado de Texas ocurre algo parecido. Para ser un contratista uno tiene que escojer de Varias opsiones. Por ejemplo existe enviromental( que es aire acondicionado) y commercial refrigeration, puedes obtener ambas si lo deceas.. de estas dos puede ser una clase A o B . el A es de toda clase de tonelaje. La B solo asta 25 toneladas. Se nesecita presentar un examen en el estado de texas para cualquier licensia,Pagar seguro y tener una clase cada ano. Aunque cada estado tiene sus regulaciones, en algunos estados solo paga un seguro... saludos.
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Re: RSIF hace 11 años 2 meses #105588

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